Aunque
mas adelante abordaremos específicamente
los Derechos Humanos en relación con
inmigración y mujer, debemos saber que:
En la Declaración de Derechos Humanos
está recogido el derecho de toda persona
a inmigrar, a saber a salir del país
y a establecer en otro. Pero tal artículo
de la Declaración Universal de Derechos
Humanos se supedita a las legislaciones sobre
extranjería de cada país.
La
Constitución Española dispone
que los extranjeros gocen de los mismos derechos
(excepto los derechos políticos) que
las ciudadanas y ciudadanos españoles.
Este artículo está en clara contradicción
con los términos establecidos en la Ley
de Extranjería que mantiene un tratamiento
diferenciado entre españoles y extranjeros,
especialmente en cuanto a la libertad de circulación,
de reunión y de residencia.
El hecho de "no tener papeles" y por
lo tanto no encontrarse en una situación
regular es la principal causa de marginación
y exclusión social. La situación
de irregularidad en la que se encuentran cientos
de miles de personas en nuestro país,
vulnera los Derechos Humanos y de ciudadanía,
ya que no tienen acceso a conceptos imprescindibles
a la dignidad de la persona como son el trabajo
legal, el alquiler de las viviendas, la educación
superior, la libre circulación, el derecho
a sindicarse, etc.
Existen ciertos derechos que son inviolables
por el hecho de ser personas, como el derecho
a la vida, derecho a la libertad personal y
a la seguridad que, sin embargo, difícilmente
pueden ser garantizados cuando se encuentran
en un margen de invisibilidad social.
Incluso aquellas personas extranjeras que se
encuentran en una situación regular no
gozan de igualdad en el plano político.
Es decir que no tienen la posibilidad de elegir
y de ser elegido en las elecciones locales,
autonómicas o generales.
Los derechos políticos y de ciudadanía
son imprescindibles para participar plenamente
en la sociedad de acogida. En defensa de los
Derechos Humanos y de ciudadanía de las
personas inmigrantes, están constituyéndose
organizaciones y Plataformas que revindican
la dignificación del hecho migratorio,
el reconocimiento de la contribución
de las personas inmigrantes al bienestar común
del país y su consideración como
ciudadanos y ciudadanas, sujetos de derechos
fundamentales civiles, sociales y culturales.
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